Opinión
Ley corta de desentralización
Por Juan Pablo Rodríguez
Director Ejecutivo Fundación P!ensa.
Esta columna fue escrita junto a Maximiliano Duarte, Investigador Fundación P!ensa.
En los últimos días se ha instalado en el debate público la necesidad de corregir las leyes sobre descentralización y, eventualmente, postergar la primera elección de gobernadores regionales para el 2021.
Respecto de lo primero, existe consenso de que es necesaria la tramitación de una ley corta, ya que si bien la legislación aprobada es un avance que debe ser valorado, presenta una serie de deficiencias que impedirán enfrentar los desafíos que conlleva este proceso.
A nuestro juicio, una buena ley debiera hacerse cargo de lo siguiente.
En primer lugar, corregir el exacerbado desequilibrio de poder entre los gobiernos regionales y el gobierno central en el procedimiento de traspaso de competencias, lo que se evidencia en la facultad discrecional que tiene el presidente de la república de transferir o no competencias a los gobiernos regionales que las soliciten. De acuerdo a la ley actual, nada obsta a que el gobierno central transfiera competencias solamente a aquellos gobiernos regionales de su propia coalición política, pese a que existan solicitudes idénticas por parte de dos gobiernos regionales de distinto color político. Un mecanismo como este es altamente peligroso ya que favorece la discriminación político-partidista, impidiendo que las transferencias de competencias se sustenten en criterios de eficiencia, distorsionando, consecuentemente, el proceso descentralizador.
En segundo lugar, es indispensable contar con un mecanismo de resolución de conflictos entre el gobierno central y los gobiernos regionales para evitar la duplicidad o falta de ejercicio de una competencia determinada. La ley corta debiera encomendar la decisión de estos conflictos a un tercero, el cual siguiendo la experiencia comparada, debiera ser el tribunal constitucional.
En tercer lugar, creemos que debe existir una meta a mediano-largo plazo, cuestión que no se aprecia en la normativa aprobada. La descentralización debe ser entendida como un medio para la consecución de distintos objetivos que, en último término, permitan una mejora sustancial en la calidad de vida de todos los habitantes. Por ello, es necesario establecer objetivos y metas claras dentro de un plazo razonable, para que una vez llegada la fecha miremos en retrospectiva lo avanzado y podamos verificar si estamos en la dirección correcta o si se requiere un golpe de timón.
Proponemos que esta primera evaluación deba llevarse a cabo el año 2032. Para ese año ya habrá trascurrido doce años desde la primera elección de gobernadores regionales y gobernado tres presidentes distintos. Además, se cumplirán 10 años desde que el mecanismo de traspaso de competencias entró en pleno régimen (2022).
En cuanto a las metas, creemos prudente considerar para el año 2032 un mínimo de competencias a ser transferidas a todas las regiones del país, y a su vez, una participación del 30% de los gobiernos subnacionales en el total de ingresos y gastos del gobierno general, cifra similar al de los países unitarios más desarrollado del mundo. Sin descentralización fiscal no hay verdadera descentralización.
Sin perjuicio de lo anterior, la ley corta no puede ser pretexto para postergar la elección de gobernadores regionales del 2020. Es necesario diferenciar las elecciones territoriales (2020) de las nacionales (2021). Esperamos que quienes históricamente se han opuesto al proceso no usen esto como excusa para evitar la descentralización, y confiamos en que el bien de Chile primará respecto de los cálculos electorales que puedan estar haciendo algunos parlamentarios que, al parecer, se sienten amenazados por el caudal de votos que pudieran tener los candidatos a gobernadores regionales que no resulten electos.
Fuente: https://www.latercera.com/opinion/noticia/ley-corta-desentralizacion/687439/