Opinión
Tributación subnacional: un debate necesario post-pandemia.
Por Jean Paul Sepúlveda
Estudiante universitario/ Asistente de investigación.
El jueves 7 de mayo del presente año, el Presidente de la República anunció la distribución de $235.920 millones para las municipalidades del país, dividido en $154.960 (adelantos del Fondo Común Municipal que se deberán devolver) y $80.960 millones (recursos de libre disposición). Estos montos, sin duda permitirán reforzar, hasta cierto grado, las respuestas que desde los gobiernos locales se puedan generar hacia la población.
Durante el anuncio, constituyó especial realce el reconocimiento de la labor de los municipios y alcaldes/as por parte de la autoridad en medio de la pandemia, identificándolos como “la primera línea del Estado”, los cuales “juegan un rol fundamental, especialmente en tiempos de dificultades”, y agregando que éstos deberán ser responsables con los recursos transferidos[1].
Sin embargo, convendría preguntarse por qué o cómo es que los municipios y las regiones no tienen suficientes o adecuados recursos. Sin duda la primera respuesta es la merma en ingresos municipales dado la postergación de los permisos de circulación, pero, ¿es esta la única respuesta?. La respuesta es no.
Hoy, en medio de los múltiples análisis que se realizan en virtud de fortalezas y debilidades instituciones/políticas, se agrega uno de carácter eminentemente tributario y fiscal referido a la inexistente facultad de los gobiernos subnacionales (municipios y gobiernos regionales) de cobrar impuestos, un debate que ha sido largamente postergado por fuerzas políticas y que, sin duda, debería ser esencial para cuando la crisis sanitaria termine.
En este sentido, esencial serían los recursos actualmente si se hubiesen aprobado leyes de tributación subnacional, tales como actividades productivas y comerciales según cada realidad. Claramente no se trata de generar más y más impuestos, pero sí de ampliar el espectro de tributación de estos niveles de gobierno, por ejemplo, en el ámbito de las patentes comerciales, las cuales, dado su fórmula, permiten una concentración de tributación en las comunas de la región metropolitana por parte de las casas matrices de las grandes empresas situadas en ésta, a pesar de que también desarrollen acciones productivas en otras regiones (Toloza, 2019).
Por qué no mencionar también la situación sobre al impuesto territorial (IT), administrado por el Servicio de Impuestos Internos y frente al cual, los municipios no pueden decidir las tasas ni las bases de estos recursos, generando una centralidad fiscal en la que se encuentra la cantidad de 4.306.210 propiedades exentas al año 2013 (Pineda et al, 2018, p.24), y que, sin duda, podrían ser evaluadas en estos niveles para aportar recursos en tiempos normales y de crisis en los diferentes territorios.
Llegó el momento en que la descentralización se discuta seriamente, en particular la dimensión fiscal destinada a fortalecer las últimas reformas, con sus ventajas y desventajas, pero dejemos de postergar debates y avances/mecanismos que han esperado por años, al igual como lo fue en su momento la ley de elección de gobernadores regionales, que, por cierto, es nuevamente cuestionada. ¡Qué sorpresa!.
En conclusión: tributación subnacional, un debate necesario post-pandemia.
Referencias.
- Pineda, E., Ter-Minassian, T., Ahmad, E., & Letelier, L. (2018) Estrategia integral para una descentralización efectiva y fiscalmente responsable.
- Toloza I., 2019. El pago de patentes comerciales en comunas donde producen las empresas: equidad entre grandes empresas y emprendedores locales. Bravo N., Von Baer H. (2019) (ed.) Desarrollo Territorial Colaborativo. Descentralizando poder, competencias y recursos. Ediciones Universidad de La Frontera (pp. 317-325).
- [1]https://www.latercera.com/politica/noticia/pinera-anuncia-inyeccion-de-235-mil-millones-a-municipios-y-mayores-facultades-a-funcionarios-que-fiscalizan-cumplimiento-de-medidas-sanitarias/XSNKIRE5E5F45ET6QDVXBZ6KKY/